jueves, 27 de septiembre de 2012
Articulo 27
Según la Constitución, estas son las extensiones máximas de tierra para no ser considerado latifundio.
Agricultura
100 hectáreas de tierra de riego o humedal de primera
150 hectáreas para el cultivo del algodón
200 hectáreas de tierra de temporal
300 hectáreas para cultivo del plátano, caña de azúcar, café, henequén, hule, palma, vid, olivo, quina, vainilla, cacao, agave, nopal o árboles frutales.
400 hectáreas de agostadero de primera calidad
800 hectáreas de monte, bosque o agostadero árido
Ganadera.
Máximo las necesarias para mantener hasta 500 cabezas de ganado.
Un poco de información sobre la distribución de la tierra que encontré por ahí, si encuentran algo mas compartanlo muchachones :D
BY: Itzel G. Jimenez Moctezuma
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MUY BUENA INFORMACION ITZEL
ResponderEliminara mi me toco exponer este tema y me parecio muy interesante ya qe ahora se qe la redistribucion en mexico siempre ha sido con desilguadad porqe antes las tierras estaban en manos de pocos todas la tierras estaba como en manos de 10 personas y eso me parece mal ya qe el pais antes estaba lleno de hambre y el campo era de las unicas forma de savar adelante a las familias y como para qe los campesinos fueran explotados estaba muy mal.
ResponderEliminarATTE:OSCAR ANDREI BERNABE GARCIA